UN ERROR DEL BANCO TE PUEDE LLEVAR A PRISIÓN
Para el mes de noviembre del año 2015, a
un empleado del Ministerio de Educación, el cual tenía un salario de poco más
de once mil pesos (RD$11,000.00), un banco le depositó o transfirió a su
cuenta, la modesta suma de once millones de pesos (RD$11, 000,000.00).
El entonces afortunado señor, al
enterarse de lo abultada que tenía su cuenta, retiró en diferentes montos, la
suma de unos cuatro millones (RD$4, 000,000.00).
Cuando el error fue descubierto, por
denuncia ante la Procuraduría del ministro de entonces, la Fiscalía concluyó
que el hecho de retirar de su propia
cuenta los cuatro millones de pesos era una conducta penalmente relevante y
solicitó la imposición de la prisión preventiva como medida de coerción. El
Juez que conoció de la vista, sobre dicha solicitud estableció que lo realizado por el acusado no revestía
importancia penal y decretó la libertad pura y simple del imputado.
El fundamento principal del tribunal,
estuvo sustentado en las disposiciones del artículo 1376 del Código Civil Dominicano
el cual establece que "El que recibe por equivocación o a
sabiendas lo que no se le debe, está obligado a restituirlo a aquel de quien lo
recibió indebidamente". En tanto que, su naturaleza jurídica, era
civil.
Sin embargo, con la entrada en vigencia
del nuevo Código Penal Dominicano que vendría a modificar el actual texto
legal, y siempre que se deje tal cual estaba en la no promulgada Ley 550-15,
ese error del Banco y la posterior utilización por el titular de la cuenta de
ese dinero, [adrede o no], pudiera conducirlo a prisión.
Y es que, al parecer, ni tontos ni
perezosos, las entidades bancarias, por intermediación de los legisladores,
insertaron en el Nuevo Código Penal los tipos penales "DE LAS INFRACCIONES
AFINES A LA ESTAFA" y establecieron que "Quien disponga a sabiendas
de un bien o valor que no le pertenece, o sobre el cual no tiene derecho, será
sancionado con un día a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios
mínimos del sector público" (Art. 264 ley 550-15)
En esas atenciones, si usted recibe
algún depósito en su cuenta bancaria y sabe que no es suyo, tenga mucho cuidado
de hacer uso de ese dinero, puesto que de utilizarlo y previa puesta en
vigencia de la norma penal que vendría a modificar la actual, usted podría ser
enviado a prisión.
Así las cosas, si usted sale ganador de
esa precoz y peligrosa fortuna, lo recomendable es que utilice los canales del
banco y pida las explicaciones correspondientes.
Por; Janser Martínez
Comentarios
Publicar un comentario